HomeResix - software de administración de condominios

Cobros de mantenimiento

Atención condominios: Las nuevas reglas para cobrar el mantenimiento y usar cámaras de seguridad

Imagen del artículo: Atención condominios: Las nuevas reglas para cobrar el mantenimiento y usar cámaras de seguridad

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana estableció límites claros al uso de drones, cámaras y redes sociales por parte de juntas de vecinos en condominios, al entender que esas prácticas pueden vulnerar derechos fundamentales como la intimidad, el honor y el buen nombre de los residentes. La decisión se produjo al conocer un recurso relacionado con el residencial Estrella Marina, en La Romana.

La historia del caso según el expediente

De acuerdo con el documento oficial, el conflicto se originó en el Residencial Estrella Marina, en La Romana. Un grupo de propietarios interpuso una acción de amparo tras denunciar las siguientes acciones por parte de la administración del residencial:

  • Publicación de fotos, audios, videos y listas de propietarios endeudados en redes sociales y medios de difusión pública.

  • Uso de drones y cámaras de videovigilancia orientados hacia el interior de las viviendas y áreas privadas.

  • Restricción de acceso a áreas comunes y suspensión de servicios esenciales como la recogida de basura.


Lo que establece textualmente el Tribunal Constitucional

Al examinar el expediente, el tribunal fijó criterios claros respecto a cada uno de estos puntos:

  1. Información sobre deudas: El tribunal dictaminó que dar a conocer deudas de mantenimiento no es una violación de derechos si se limita al ámbito interno de los copropietarios, siempre que la deuda sea cierta, exigible y no esté en discusión judicial. Como el pago de cuotas es un asunto de interés común, los propietarios tienen derecho a estar informados.

  2. Prohibición de difusión pública: Lo que el fallo prohíbe explícitamente es difundir la morosidad a través de redes sociales abiertas, internet o medios que trasciendan la comunidad, ya que esto convierte la información interna en una vía de exposición pública que vulnera el honor de la persona.

  3. Cámaras y drones: La colocación de cámaras en zonas comunes es válida si cuenta con la aprobación de los propietarios. En cambio, utilizar cámaras o drones para vigilar la vida privada o el interior de los hogares constituye una intromisión ilegal.

  4. Cobro de morosidad y servicios: Las deudas deben cobrarse por los canales legales ordinarios (acuerdos de pago o demandas civiles). Está prohibido tomar medidas arbitrarias como cortar la recogida de basura o impedir el tránsito de residentes y sus visitantes.


Aclaración práctica: ¿Qué significa esto para la gestión del día a día?

A partir de lo resuelto por el tribunal, es importante aclarar cómo se aplica esta sentencia en la práctica diaria de un residencial:

  • Plataformas internas y grupos cerrados: Dado que la sentencia permite mantener informados a los propietarios dentro del ámbito exclusivo de la comunidad, sí está permitido utilizar plataformas internas de administración de condominios, sistemas cerrados o grupos de WhatsApp de uso exclusivo para los residentes.

  • La clave es la privacidad: Lo fundamental que exige la regla del tribunal es garantizar que la información financiera y las comunicaciones del condominio se mantengan reservadas únicamente para los involucrados, sin ser visibles ni compartidas con personas ajenas al residencial.

La Sentencia TC/0684/26 no busca paralizar la administración ni impedir el cobro del mantenimiento. La lección es clara: las administraciones pueden mantener un control firme de la morosidad y la seguridad utilizando canales y plataformas internas exclusivas del condominio, evitando siempre la exposición en redes sociales públicas y respetando la intimidad de cada hogar. ** Bibliografía**

Tribunal Constitucional de la República Dominicana. Sentencia sobre el uso de drones, cámaras y redes sociales en condominios, relativa al caso Estrella Marina, La Romana. https://ermdigital.com/2026/07/30/tribunal-constitucional-prohibe-drones-y-redes-sociales-para-vigilar-residentes-de-condominios/

ERM Digital. “Tribunal Constitucional prohíbe drones y redes sociales para vigilar residentes de condominios”, 30 de julio de 2026. https://ermdigital.com/2026/07/30/tribunal-constitucional-prohibe-drones-y-redes-sociales-para-vigilar-residentes-de-condominios/

Tribunal Constitucional de la República Dominicana. Portal de sentencias y consultas jurisprudenciales.tribunalconstitucional.

Ley No. 5038 sobre Condominios de la República Dominicana. https://dgii.gov.do/legislacion/leyesTributarias/Documents/Otras%20Leyes%20de%20Inter%C3%A9s/5038.pdf

¿Quieres mejorar la administración de tu condominio?

Saber más