Modificaciones
¿Se puede modificar un área de un apartamento con vista a una zona común?
Por ejemplo, si una persona tiene un apartamento con una ventana que da al pasillo común, ¿podría cambiarla?
El artículo 7 de la Ley 5038 sobre condominios establece que el propietario "no podrá hacer innovaciones o modificaciones que puedan afectar la seguridad o estética del edificio". Esto aplica a elementos como el tipo de rejas que se colocan externamente en balcones, ventanas y puertas de entrada.
Algunas personas piensan que, porque una ventana da a un pasillo común pero forma parte de un muro del apartamento, pueden modificarla sin necesidad de consentimiento de los otros propietarios. Sin embargo, esto no es así, ya que esas partes del edificio influyen en la estética y además siguen siendo parte de las áreas comunes.
Para entenderlo mejor, veamos lo que dice el Reglamento General de Mensuras Catastrales en su artículo 177, que divide los muros en propios y comunes. ¿Qué hace a un muro propio o común? En el mismo artículo se menciona que "los muros que separan ambientes interiores de un sector propio, se consideran integrados al mismo [...]". Aquellos muros que contengan integrados "elementos estructurales, conductos de ventilación o servicios y demás instalaciones", según el artículo, "hacen al muro necesariamente común".
Incluso, según el artículo 173 de este mismo Reglamento de Mensuras Catastrales, se incluyen los muros u objetos que separan los sectores privados como parte de los sectores comunes del condominio. Por esta razón, si deseas modificar o cambiar algo que afecte la fachada, debe ser aprobado por los demás propietarios mediante votación.
Si en tu condominio está aprobada la votación electrónica, podrías fácilmente solicitar al administrador que inicie una votación sobre el cambio que quieres hacer mediante una plataforma electrónica como el módulo de votaciones de Resix. Así podrás ver qué piensan tus vecinos sobre esa modificación y, finalmente, saber si es aprobada o no.
En nuestro próximo artículo hablaremos más sobre qué abarca el sector común de un condominio. ¡No te lo pierdas!
Bibliografías:
Guzmán A. (2009). Ley 5038 de 1958 sobre condominios, comentada, anotada y concordada con la ley 108-05 de registro inmobiliario, con su formulario. Santo Domingo, República Dominicana: Editora Judicial.
República Dominicana. (1958) Ley No. 5038 sobre condominios